ARBA vs. Fintech: ¿Impuestazo a Billeteras Virtuales o Juego Limpio?

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La implementación de retenciones de Ingresos Brutos en billeteras virtuales como Mercado Pago generó controversia. Cristian Girard, director de ARBA, desmintió las acusaciones de un "nuevo impuesto", calificándolas como un intento de "lobby" por parte de las fintech que buscan evitar competir en igualdad de condiciones con los bancos, especialmente con Cuenta DNI.

¿A quién afecta realmente?

Según ARBA, la medida solo afecta a comercios y profesionales ya inscriptos en Ingresos Brutos. A partir de noviembre, las billeteras virtuales actuarán como agentes de recaudación. Al realizarse una venta y recibir el pago mediante transferencia a la cuenta virtual, ARBA aplicará una retención como adelanto de Ingresos Brutos.

El tributarista Marcelo Rodríguez criticó duramente la medida, calificándola como el "impuesto más bruto de todos" debido a su carácter distorsivo y su impacto en todas las etapas del proceso económico. Rodríguez advierte que este impuesto afecta todas las etapas productivas, generando una piramidación de costos perjudicial para consumidores y empresas.

¿Qué operaciones están exentas?

ARBA aclaró que la retención no se aplica a cualquier operación. Transferir dinero entre cuentas propias, enviar fondos a familiares o pagar deudas personales no genera descuentos. Tampoco las operaciones no relacionadas con una actividad económica, como cargar saldo en la billetera desde una cuenta bancaria propia o recibir ayuda familiar.

La postura del gobierno bonaerense

El gobierno bonaerense insiste en que no es un nuevo impuesto, sino una medida para ordenar el sistema y garantizar equidad, equiparando el tratamiento impositivo de las billeteras virtuales con el de los bancos. Afirman que busca evitar privilegios entre medios de pago, sin tratamientos diferenciales.

La implementación de este sistema se realiza a través del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), con porcentajes de retención que varían entre el 0,1% y el 5% según la actividad del contribuyente.

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